F.A.QS

PREGUNTAS FRECUENTES PARA PROPIETARIOS

Para lograr un mejor alcance de posibles interesados en el inmueble en cuestión, lo publicamos con fotos, medidas, recorrido virtual y valores en;

⦁ 15 portales (incluidos los más importantes de Argentina; Mercado Libre, Argenprop y Zonaprop)

⦁ Nuestra página web

⦁ Redes sociales (Instagram y Facebook)

⦁ Cartelera dinámica en oficina y ficha publicitaría en vidriera.

⦁ Mailing localizado a posibles interesados según el tipo de inmueble, utilizando base de datos propia de más de 18.000 clientes.

En el caso de que los titulares estén vivos deberás exhibir y dejar una fotocopia de;

⦁ Título de propiedad

⦁ Planos (no excluyente)

⦁ Impuestos y servicios

⦁ DNI de titular/es y cónyuge/s

En caso de que se venda por tracto abreviado (sucesión) deberás exhibir y dejar una fotocopia de;

⦁ Declaratoria de herederos

⦁ Orden de inscripción (no excluyente)

⦁ Datos del expediente y letrado que lo representa

⦁ Planos (no excluyente)

⦁ Impuestos y servicios

⦁ DNI de heredero/s

En ambos casos, de contar con estado parcelario vigente, también deberá ser presentado para agilizar un proceso futuro.

La  condición jurídica para que un inmueble pueda resultar apto como garantía de un crédito hipotecario es que cuente con título de propiedad y que dicho título sea perfecto, es decir no tenga restricciones al dominio como donaciones posteriores al Nuevo Código Civil, sucesiones, inhibiciones, embargos, hipotecas, etc. Para ello debe realizarse un estudio de títulos o una consulta al Registro de la Propiedad Inmueble.

La venta en exclusiva de una vivienda se refiere a firmar un contrato de venta de forma exclusiva. Es decir, no se podrá encargar la venta a otras inmobiliarias hasta que no haya finalizado el periodo de tiempo estipulado en el contrato

La exclusividad tiene muchas ventajas:

⦁ La inmobiliaria dispone de una casa única, por lo que le dará preferencia ante posibles compradores.

⦁ La inmobiliaria le dedicará más recursos de promoción y publicidad que a otras viviendas.

⦁ El vendedor podrá solicitar a los inmobiliarios informes de visitas de potenciales compradores.

Poner el precio inicial de venta a la vivienda es una de las tareas más difíciles que hay en el proceso de compraventa.

El precio de la vivienda depende de muchísimos factores, como:

⦁ oferta y demanda

⦁ localización

⦁ superficie

⦁ antigüedad

⦁ conservación

⦁ servicios e instalaciones

⦁ reformas realizadas

Solicitá asesoramiento haciendo click aquí

PREGUNTAS FRECUENTES PARA LOCADORES Y LOCATARIOS

El inquilino podrá elegir un de estas tres opciones para respaldar el contrato;

⦁ Una garantía propietaria + recibo de sueldo del inquilino

⦁ 4 garantes con recibo + recibo de sueldo del inquilino

⦁ Garantía de fianza + 1 garante con recibo + recibo de sueldo del inquilino

En el caso de los contratos comerciales, los requisitos son los mismos a excepción de la solicitud de recibo de sueldo del inquilino.

El contrato de vivienda tiene una duración mínima de tres años.

Según establece la Ley 27.551 en su artículo 14, el incremento del valor del canon locativo deberá realizarse de manera anual y el porcentaje lo determinará el BCRA, utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE). Podes conocer la estimación del incremento ingresando a nuestra calculadora virtual haciendo click aquí.

El contrato de locación comercial tiene una duración mínima de tres años.

Que el inmueble admita o no mascotas va a depender de las condiciones del mismo (si tiene patio/balcón o no), del reglamento de copropiedad en el caso de edificios o propiedades horizontales y/o de la decisión del propietario.

Te sugerimos que revises las descripciones de los inmuebles para ver si admiten o no mascotas y que otras condiciones requiere ese alquiler, o bien que consultes telefónicamente antes de coordinar una visita.-

No. Según la normativa vigente, el depósito no puede ser mayor al de un mes de alquiler y el mismo debe devolverse actualizado al valor del último mes de alquiler.

Si, podés hacerlo pasados los primeros 6 meses de contrato y dando un pre aviso 30 días antes. Tené presente que en este caso deberás abonar una penalidad que varía entre un mes y medio de alquiler y un mes, dependiendo del periodo de tiempo que haya pasado desde el inicio del contrato.

En caso de que hagas el pre aviso con tres meses de anticipación o más, no deberás abonar penalidad alguna.

Si, podes hacerlo si el inquilino debe 2 o más meses de alquiler o por incumplimiento contractual.

El valor de ingreso dependerá del valor de la propiedad y de las garantías presentadas, a continuación te detallamos los conceptos incluidos en el mismo:

⦁ Primer mes de alquiler

⦁ Depósito

⦁ Honorarios del Martillero

⦁ Informes de garantías

La nueva ley de alquileres permite que las partes puedan establecer domicilios electrónicos (mails) para la comunicación entre si, que dará por eficaces todas las notificaciones, comunicaciones y emplazamientos que por ese medio se dirijan, reemplazando así la tradicional “Carta documento”.

En Zappino Propiedades, utilizamos dicho medio electrónico para la notificación, derivación y resolución de reclamos, dejando un registro formal que se encuentra enmarcado en la ley vigente.